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Autor: Jesús A. Jiménez Peraza
ELLA ES Autoridad electoral Se implementa a través del Consejo Nacional Electoral como órgano rector y órganos subordinados, el Consejo Nacional Electoral, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Financiamiento. De conformidad con el artículo 293, inciso 5 de 1999, le corresponde organizar, dirigir, dirigir y controlar todas las actividades relacionadas con la elección de cargos representativos públicos. Este año sus funciones están dedicadas a seguir el proceso de determinación del puesto más importante de la jerarquía. presidente de la republica.
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Una lectura atenta del dispositivo anterior nos lleva a la firme conclusión de que sobre los hombros de los ciudadanos Elvis Amoroso, Rosalba Gil, Aime Nogal, Juan Carlos Delpino y Carlos Quintero descansan los principales rectores de la organización. El presente y el futuro cercano de Venezuelasin posibilidad de redirigir su responsabilidad orgánica y personal, porque desde el momento de su nombramiento por el Parlamento en la sesión del 24 de agosto de 2023, son independientes y autónomos, responsables únicamente ante el pueblo venezolano, según el artículo 6 de la constitución. .
Sus deberes son colegiados, por lo que, extrañamente, a estas alturas, rector delpino Aunque se han realizado acciones básicas como aprobación de solicitudes, cédulas, cronogramas, sin apelación oportuna, advirtiendo que el Presidente está tomando decisiones de manera personal y no corporativa. Sin embargo, no se requiere mayoría para aprobarlos por unanimidad;
Durante este período, son los guardianes más importantes. paz y democracia. Por lo tanto, deben entender que son superiores a otros poderes, incluidos los poderes del Jefe de Estado subordinados a ellos, para poder conducir adecuadamente el proceso electoral que han diseñado y ordenado llevar a cabo. en este sentido, simplemente llaman a la reelección y a que las Fuerzas Armadas cooperen con el CNE en el desempeño de sus funciones.
Los actos y actuaciones relacionados con la elección, aunque sea indirectamente, son de su única y absoluta responsabilidad, y están sujetos únicamente a la información que pueda tener implicaciones administrativo-legales. Sala de elecciones Según el artículo 27 de la Ley de la Corte Suprema y dentro de un marco estrecho, la Sala Constitucional podría revisar ciertos conflictos a través de Amparo en caso de violación de derechos y garantías.
Preguntado tradicionalmente candidatos y partidos que interviene en el proceso, aprueba el documento como expresión del acuerdo de que las actuaciones internas y sus efectos externos son claras y legales. Tal firma no es necesaria, porque la pureza de los documentos es un principio que rige la legislación estatal, por lo que es una obligación interna de los funcionarios.
En mesa Para designar un jefe de Gobierno fijaron una votación para el 28 de julio de 2024, es decir, 166 días antes del inicio de un nuevo período constitucional, cuando el actual Presidente podrá disolverlo utilizando el principio de continuidad administrativa. ni siquiera requiere juramento ni posesión, aunque pueden otorgarse teniendo en cuenta los documentos protocolares establecidos en la sentencia de la Sala Constitucional del 9 de enero de 2013 (2012-1358).
Pero si gana, parece que tiene ciertas posibilidades, dice el Dr. Edmundo González Urrutiaúnico candidato de la oposición, este período es demasiado largo, sobre todo porque las instituciones del país están destruidas y su población está sufriendo y preocupada.
Según datos de CCNN de 1947 y 1953 (válidos para las elecciones de 1958), este segmento de tiempo no puede exceder los tres meses, es decir, noventa días. Este cálculo se ha utilizado desde las elecciones de 1968 como práctica normal. Aunque CN1961 no preveía día de elección Según la reiterada tradición, el organismo autorizado impuso la posibilidad de designar al Presidente de la República en la primera semana de diciembre del año anterior a este inicio, por lo que el plazo se redujo a 30 días tras el segundo cambio establecido el 23 de enero. , Inauguración.
Esos primeros noventa días, treinta días después, fueron importantes porque permitieron al Presidente saliente despedirse y dar las gracias a sus equipos de gobierno; visitar cuarteles y guarniciones militares o países amigos; la apertura de casos o etapas concluidas, así como la elección de comités de enlace con la administración saliente para asegurar la continuidad de la gestión del candidato electo; prepare su ministerio o equipo superior de gobierno y organice sus asuntos personales que han estado descuidados durante varios años.
necesidad El órgano rector del CNE Explique por qué esta larga espera de 166 días, que debería transcurrir del 28 de julio de 2024 al 10 de enero de 2025, es contraria al principio de perpetuidad de las costumbres y normas constitucionales establecidas.
Es público y popular que el gobierno está agotado administrativamente, analizan muchas redes sociales problemas nacionales e internacionales. Esto se puede ver incluso en su errática y errática campaña y relaciones con sus vecinos y pares ideológicos en Brasil y Colombia, por lo que no es bueno para el país permanecer en el poder, en el letargo que significa quedarse con un candidato. elegidos con carácter extraordinario y ya designados para desempeñar funciones públicas.
Para tomar decisiones hay que esperar a que se dé la situación exacta, pero se puede prever porque es muy sutil y vital Incluso trasciende nuestras fronteras debido a conflictos continentales y mundiales. ¡Dios bendiga a Venezuela!
Jesús A. Jiménez Peraza
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@jesusajimenezp
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