Según disposición publicada en el Diario Oficial N° 6.784 del 29 de diciembre de 2023, el Gobierno nacional extendió hasta el 31 de diciembre el régimen de exenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de aranceles de importación a los productos acogidos a estas concesiones.
La prórroga de este régimen de exoneración fue publicada en el Diario Oficial N° 42.953 de fecha 30 de agosto de 2024.
La resolución cubre más de 2.400 códigos arancelarios y fue implementada como un mecanismo para mantener un nivel adecuado de oferta, especialmente de productos alimenticios, al tiempo que ofrece incentivos para la importación de bienes necesarios para incrementar la producción nacional.
La norma prevé básicamente descuentos del 90% del impuesto al valor agregado y del arancel de importación sobre los códigos arancelarios previstos en el anexo N° 1 del decreto, que incluye 1.550 productos importados por el sector privado.
Al mismo tiempo, si el 100% de estas cargas tributarias son realizadas por entidades de la administración pública, quedan exentas de las importaciones enumeradas en los anexos 2, 3 y 4 del decreto.
En relación con los códigos incluidos en el Apéndice 2, la importación de estos bienes realizada «por personas físicas y jurídicas por cuenta propia» también es completamente gratuita.
Entre los requisitos establecidos para acogerse a estas exenciones, la norma exige la presentación de un Certificado de Producción No Nacional o Producción Nacional Insuficiente, el cual debe ser emitido por el ministerio con competencia en materia de producción nacional.
Este decreto, que prevé la ampliación del régimen de exención del impuesto de importación, entró en vigor el 1 de septiembre.
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