
Según el decreto 4952, del pasado jueves 16 de mayo de 2024, se publicó en la Gaceta Oficial 42.880 la reducción de la tasa que las empresas deben pagar al Estado en virtud de la Ley de Protección a las Pensiones del Seguro Social recientemente aprobada por el Poder Legislativo.
Cabe destacar que este instrumento estipula que la tasa de cotización será del 9% del monto total pagado a los empleados y no del 15% como se popularizó inicialmente y como establece el artículo 7 de dicha ley.
El contenido del decreto exonera, por un año, como señala el artículo cuarto, a los empresarios debidamente inscritos en el Registro Nacional de Empresarios (RNE).
Lea el Boletín Oficial aquí: GO 42.880
Fedecámaras recomienda tasa del 6% o menos
Cabe señalar que a principios de mes, Fedecámaras solicitó una modificación al artículo 7 de la Ley de Pensiones, antes de su aprobación durante la segunda discusión, pero no pudo aceptar dicha solicitud.
De hecho, la propuesta del organismo sindical de empresa es que este ratio no sea superior al 6%, porque no puede equivaler al impacto de no aumentar los salarios.
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El comunicado enviado a la Asamblea Nacional (AN) afirma: “Esta situación es insostenible para cualquier empresa privada, ya que la industria ha estado haciendo grandes esfuerzos para garantizar que no se pierdan puestos de trabajo y tratar de mejorar la remuneración de los trabajadores”. por Fedecámaras el lunes 6 de mayo.
En el documento, también pidió que la Ley de Pensiones tenga un límite máximo en la base de cotización (en lugar de un mínimo), para que no se penalice el esfuerzo de las empresas que más pagan, para lo que propuso exportar tres veces el monto equivalente. Resultado integral mínimo establecido por el Director General.
Es posible que la presión empresarial haya contribuido a la reducción de la tasa de regulación, pero considerando los requisitos del máximo organismo sindical del país, esta cifra aún está lejos del nivel ideal para el sector manufacturero.
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