Moisés Méndez | Como están las cosas
Él 15 de Mayo Vence la prórroga emitida por la Administración Nacional Integrada de Impuestos y Aduanas (Seniat) para realizar la declaración final y pago del impuesto a la renta por parte de personas naturales y jurídicas no catalogadas como contribuyentes especiales.
El plazo se encuentra especificado en la Gaceta Oficial N° 42.826 de fecha 26 de febrero de 2024 y tiene vigencia para el ejercicio fiscal comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre del mismo año.
Esta información la dio el Director de la Administración Nacional Integrada Tributaria y Aduanera, José David Cabello, en su cuenta en la red social Las personas actualizan sus impuestos.
Tradicionalmente, este tipo de impuesto se declara y paga en los primeros 3 meses del año (enero, febrero, marzo) y se calcula en base a los ingresos recibidos el año anterior. El 31 de marzo es siempre la fecha límite fijada para cancelar este servicio conmemorativo.
Quienes no declaren o paguen impuestos ISLR a tiempo serán sancionados por las autoridades fiscales. El Las multas oscilan entre 50 y 150 unidades tributarias, equivalente a 450 y 1.350 bolívares, respectivamente, sobre la base de un valor de Unidad Tributaria (UT) de 9 bolívares.
Puede leer: Primer pago del ISLR a contribuyentes no especiales
Además de evitar sanciones, la solvencia del ISLR es un requisito exigido por entidades públicas y privadas para realizar diversos trámites, como solicitar solvencia crediticia o hipotecas en instituciones bancarias; trámites relacionados con sorteos o promociones ante el Servicio Nacional de Vigilancia de los Derechos Socioeconómicos (Sundde), entre otros.
Con la cercanía del día, Como están las cosas publica toda la información que necesitas saber para presentar tu declaración del impuesto sobre la renta.
¿Qué deberías saber?
- El artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta detalla que las personas naturales, los asalariados con un ingreso anual superior a 1.000 unidades tributarias (9.000 bolívares) y las personas no asalariadas con un ingreso total superior a 1.500 unidades, correspondientes a 13.500 bolívares, deberán declarar lo anterior. impuesto.
- Todas las personas jurídicas deben declarar al final del ejercicio, incluso si no han recibido ingresos.
- Las personas físicas podrán optar por pagar hasta tres cuotas, la fecha de pago de la primera cuota corresponderá al 15 de mayo de 2024, la segunda cuota el 4 de junio y la tercera cuota el 25 de junio, según destacó esta unidad en su red social.
- Las declaraciones ISLR deberán presentarse electrónicamente, de conformidad con la ley.
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