La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de Colombia, negó la libertad temporal, condicional y anticipada solicitada por la defensa de Salvatore Mancuso Gómez.
De igual forma, se le negó la libertad como gestor de paz designado por el Gobierno Nacional, dijo la JEP en un post en la cadena X, donde detalla todos los detalles respecto del pedido de libertad planteado por la defensa del sujeto.
#ATENCIÓN | La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas del #ATREVIMIENTO niega la libertad provisional, condicional y anticipada solicitada por la defensa de Salvatore Mancuso Gómez. También niega su libertad como gestor de paz designado por el Gobierno Nacional. pic.twitter.com/DIGYPI27jk
– Jurisdicción Especial para la Paz (@JEP_Colombia) 4 de julio de 2024
Según la Jurisdicción Especial para la Paz, su determinación tiene que ver con «que la comparecencia de Mancuso ante la JEP sea estudiada por la Corte Constitucional por ‘colisión positiva de competencias jurisdiccionales'», por lo que «la competencia de la JEP, debido al factor personal, se cuestiona.»
Mancuso como pacificador
La JEP recordó que esta solicitud ya había sido denegada por la Sala de Justicia y Paz de la Corte de Barranquilla, la cual fue apelada, «el recurso no ha sido resuelto por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en respuesta al conflicto de las facultades otorgadas por el Tribunal Constitucional.
“Por eso la JEP también niega la libertad de Mancuso como gestor de paz”, añadió.
La jurisdicción ya había negado la libertad del ex líder paramilitar en abril pasado, señalando que «el acuerdo de libertad temporal, condicional y anticipada, como dijo la propia Sección de Apelaciones, es un beneficio para construir la confianza y no un derecho automático». .
Agregó que “el otorgamiento de beneficios incondicionales o automáticos no es posible ya que de lo que se trata es de garantizar los derechos de las víctimas”, informaron medios colombianos.