El pago del Impuesto a la Renta (ISLR) sobre los enriquecimientos netos imponibles de fuente territorial obtenidos por las Sociedades Cooperativas ha sido liquidado de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Presidencial N° 4.976 de fecha 12 de agosto de 2024 publicado en el “Boletín Oficial”. Decreto sobre la entrada en vigor de la Ley Especial de Cooperativas.
Según lo establece la normativa, las Uniones Cooperativas deberán actualizar el Registro Unificado de Información Financiera, para lo cual deberán presentar un Certificado de Cumplimiento vigente emitido por la Supervisión Nacional de Cooperativas.
Asimismo, respecto de las deducciones de ingresos, gastos y enriquecimiento imponible, se aplicarán las normas establecidas en el Decreto en materia de tasa, valor y fuerza de la ley del impuesto a la renta.
Cabe señalar que la duración de la bonificación de exención de este decreto será de un (1) año, entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial, y se prorrogará por un período igual a este período. . los mencionados anteriormente.
Las normas establecían que durante el período en que esté vigente la bonificación de exención, las pérdidas sufridas en relación con la actividad exenta “no podrán compensarse con el enriquecimiento que se derive de la actividad gravada con el Impuesto en cualquier ejercicio. Sobre «Alquiler».
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