Caracas.- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (SJC) declaró inadmisible la denuncia de la defensa interpuesta contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) por publicar los resultados aislados de los comicios celebrados el pasado 28 de julio.
En Decisión N° 0603 de 4 de noviembre de 2024, el órgano judicial se declaró “competente” para conocer el actual reclamo de amparo constitucional y consideró la solicitud formulada por los ex candidatos presidenciales Enrique Márquez, Andrés Giussepe, José Luis Ibrahim, Yul Yabur, Carlos «inadmisible». Ojeda, Óscar Figuera, Eduardo Sánchez y Juan Barreto.
El TSJ también impuso una serie de sanciones contra María Alejandra Díaz, abogada responsable de presentar el documento.
Se ha impuesto una multa equivalente a 100 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor determinada por el BCV y deberá ser pagada dentro de los cinco días; Asimismo, se instruyó al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados para que «incoe temporalmente el correspondiente procedimiento disciplinario para la aplicación de las medidas disciplinarias correspondientes contra el abogado en cuestión».
Díaz ha sido suspendido de sus funciones profesionales a la espera de la conclusión del procedimiento disciplinario.
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