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«Si ese hombre, o esos líderes, o los nobles, o cualquier grupo del pueblo, ejercen estos tres poderes, todo está perdido: «hacer leyes, hacer cumplir decretos públicos y juzgar crímenes o disputas entre individuos».
Montesquieu («Espíritu de las leyes» 1748)
ELLA ES El estado de derechoEn definitiva, es un orden que garantiza la libertad y los derechos de toda persona. Para ello, el poder debe estar limitado por ley. El poder del Estado no es sólo el poder del gobierno. ¿Y por qué se controla el poder? Por lo tanto, sirve a propósitos de bien común.
Porque, en pocas palabras, no puede haber un poder ilimitado. Historia de la civilizaciónPolíticamente, es una transición del poder personal al poder institucional, del poder absoluto al poder limitado, del poder concentrado al poder distribuido. De lo contrario, los derechos serían mera retórica sin garantías. Siempre que hay retrocesos en esa dirección histórica, como ha sucedido, la distancia entre la palabra constitucional y la realidad de la vida se amplía en detrimento del pueblo.
concepto control de potencia Tiene dos aspectos complementarios. Uno es el equilibrio y el otro es la competencia. El equilibrio de control es evidente en la separación de poderes que alguna vez trazaron Locke y Montesquieu. El control mediante competencia está definido por la constitución y la ley que asignan funciones de control a determinados órganos.
En nuestra Constitución actual, este tema está definido en el artículo 136, que es una de mis demandas favoritas para decirles a mis alumnos:
«ELLA ES Autoridad pública Se divide entre gobierno municipal, gobierno estatal y gobierno nacional. El poder estatal nacional se divide en poder legislativo, ejecutivo, judicial, civil y electoral.
Cada poder del gobierno tiene sus propias tareas, pero los órganos responsables de su implementación cooperan entre sí para lograr sus objetivos. Estado«.
Los objetivos del estado. No fueron ordenadas por uno de los poderes del Estado, que en la historia de Venezuela se creyó erróneamente que era el Ejecutivo. Los objetivos están definidos en el artículo 2 de la Constitución: «El Estado tiene como objetivos principales protección y desarrollo humano y garantías de respeto a su dignidad, la implementación democrática de la voluntad del pueblo, la construcción de una sociedad justa y pacífica, la promoción del bienestar y el bienestar del pueblo y la observancia de los principios, derechos y deberes reconocidos . y consagrados en esta Constitución”.
En el centro del necesario control del poder. control fiscalcosas pertenecientes o pertenecientes al tesoro. Se trata de ingresos y gastos estatales, del presupuesto y del tesoro estatal. Esto es importante en la gestión de energía. ¿Cómo podemos decir que el poder es limitado si no se controla el dinero público?
Acusado de auditoría fiscal Contralor General de la República. Éste es uno de control constitucional. Pero la primera es la Asamblea Nacional, que supervisa el gobierno y la administración del Estado nación. Su control es político, pero más detallado que financiero, como lo demuestran el presupuesto y el crédito público, el plan de desarrollo y los contratos de interés nacional.
Judicial Sin duda, tiene competencia judicial administrativa, pero también existe una Sala Constitucional de la Corte Suprema, porque la propia Constitución define lineamientos constitucionales para las actividades fiscales, que pueden y deben ser protegidos para que no queden en declaraciones. El artículo 311 establece los principios de transparencia y equilibrio fiscal que deben seguirse, 312 límites de deuda, 313 y 314 legitimidad presupuestaria, 316 y 317 fiscalidad del nivel de vida, protección de la economía y la igualdad, y por supuesto el 318 explica por qué tenemos un Banco Central.
Para realizar el propósito constitucional de «promover el bienestar y el bienestar público«. Si no, ya sabemos lo que pasará.
Ramón Guillermo Aveledo
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