– Infórmate Venezuela –
«El abogado debe mantener su dignidad e independencia en el ejercicio de su profesión; Éstos son indispensables e incompatibles con cualquier profesión que interfiera en ella. «No debe aceptar ofertas de una parte que haya patrocinado, representado o asistido que puedan dañar su buena reputación».
Artículo 8 del Código de Conducta Profesional del Abogado Venezolano.
– Infórmate Venezuela –
No firmar un contrato con un cliente es un gran error. Artículo 43 Código de ética profesional del abogado venezolano. «El abogado celebrará un contrato escrito con su cliente especificando las condiciones del servicio y todo lo relativo al pago de honorarios y gastos, que deberá ser firmado por ambas partes, de las cuales cada una conservará una copia.» Tenga en cuenta que el Código de Conducta del Abogado distingue entre honorarios y gastos. Así, en el artículo 41: «El abogado deberá siempre exigir de su cliente dinero para los gastos necesarios y para hacer justicia, pero esta entrega no debe considerarse como honorario, ni el abogado puede considerarlo como propio. «como propio».
El dinero para gastos es responsabilidad del cliente.- Las costos del litigio Se trata de costes que el cliente debe soportar en el proceso, que son de diferente naturaleza y no están incluidos en los honorarios profesionales a los que tiene derecho el abogado. Entre estos gastos tenemos, por ejemplo, honorarios de peritos, fotocopias, viáticos, honorarios de publicidad, impresión de carteles y una larga lista que muchas veces el cliente quiere ignorar. . Pero estos costos son sólo aquellos incurridos en relación con el litigio, aunque los clientes pueden trasladar otros costos a sus propios abogados en otros asuntos no relacionados con el litigio. Tal desconocimiento o desconexión de la realidad de la obra o proceso se asocia en ocasiones con fraude o malicia por parte del mecenas o cliente, como éste hace el papel de «Marte» o de los habitantes de Narnia. Cuando en realidad aparecen las costas judiciales y me permiten decir la verdad: es en relación con el proceso o la conexión del proceso y con diferentes apartamentos o diferentes matices, si los abogados litigantes se enteran – y lo simples que son. o costos simples que rodean y están relacionados con el trabajo, el asunto o lo que por excelencia trata el abogado es el reclamo. Si bien estos costos o gastos pueden ser extraordinarios, temporales o incidentales, no son ni deben ser caprichosos. experto legalcobrarles menos por sus honorarios; Más bien, se someten a cambios en torno a un caso judicial que pertenece a otra persona – porque no es un caso o disputa personal del abogado, sino el problema de otro cristiano – y el abogado decide según su propia petición. otro cristiano, a quien llamamos cliente, y por tanto estos costos dependen de circunstancias exógenas al profesional del derecho y que éste no puede controlar, pero que afectan el desarrollo del caso que el abogado considera. o a patrocinadores. En Venezuela, el Código de Procedimiento Civil establece en su artículo 172: “Las partes deberán proporcionar a sus representantes cantidades suficientes para cubrir las costas. Si no lo hacen, no pueden responsabilizar a un agente por no hacer algo que genere los costos”. Y tenga en cuenta que el artículo no menciona litigios, incluso si se refiere a las partes.
No, no.- Porque es, y debe ser muy claro, muy claro y distinto, ya sean costas o costas judiciales o sólo costas, No son un beneficio para un profesional del derecho.y lo que es peor, muchas veces se convierten en costos y pérdidas para el bolsillo del abogado, cuando el cliente no se los entrega a su abogado, o los reduce, o cuando cree erróneamente que son honorarios de abogado, una contradicción, porque las costas, es decir. las costas judiciales o simplemente costas, deben ser sufragadas por el cliente y no cargadas en perjuicio del abogado. Imagine a los clientes que dan dinero a los abogados para cubrir costos, gastos u honorarios legales y luego intentan dividir o agregar ese dinero como si fuera un honorario.
Cuando sufre la codicia, no la pobreza. Imagínese a un cliente astutamente, incluso teniendo el dinero o los recursos de propiedad para pagar los honorarios y gastos del abogado, con la intención de que el abogado trabaje para él de forma gratuita porque ese es su objetivo, a su discreción y a la discreción del abogado. sus servicios, pero sin pagarle ni los conocimientos que pone en su defensa – incluso un abogado obtiene un 5º grado por esto – sin respeto por el impulso procesal, sin control constante del caso o del juicio, sin abogado En este caso o La cuestión de ética y responsabilidad para atraer el propio nombre y reputación es relevante cada día. En solicitud del cliente el abogado aporta su trabajo intelectual y experiencia, pero encima tiene que sacar dinero de su bolsillo para gastos, porque el cliente sólo quiere saber que está siendo ayudado o representado, y así lo ve el abogado. él decide y luego se molestan o lo hacen y gritan al cielo porque el abogado deja atrás el caso. Un jurista debe examinar, lamentablemente, además de su labor intelectual, profesional y departamental y todo lo relacionado con el ejercicio de la justicia, o su conducta y demás deberes ante cualquier institución pública o privada. El cliente intenta burlarse de él sin pagarle, y ni siquiera le da un adelanto, y si esto no es suficiente, el abogado tiene que correr y utilizar gastos que no son suyos, sino sólo suyos. el cliente, porque sólo el cliente debe pagar impuestos, porque sólo deben pesarse sus hombros.
El pago es legal y legítimo.- Entonces, si no sólo es correcto sino también legal abogado Además de su labor intelectual, que incluye el estudio del caso y la estrategia para su culminación exitosa, la supervisión, la presentación de su experiencia profesional para proteger a su cliente, así como el trabajo físico que le asigne. y lleva a acudir a organizaciones o tribunales (tribunales) para resolver el caso de otra persona, porque es un problema o problema de otra persona, no tienes que soportar ni gastar costos que no te pertenecen.
El ejemplo del albañil.- Imaginemos que el patrón tiene que proporcionar materiales para la construcción y este medio, incluyendo transporte, flete, sin esos costos que no pagan por mano de obra, porque son dos costos diferentes por materiales, trabajo y pago de sueldos o salarios. En consecuencia, el dueño de la obra también deberá cancelar o pagar sueldos o salarios al albañil o al ingeniero o al artesano o a todos ellos, por el trabajo involucrado en la construcción o construcción de su obra o edificación. Véase esto, si después de construida la obra y hecha la obra por el albañil, capataz o ingeniero, la obra se estropea por circunstancias ajenas al control del que la hizo; entonces debe entenderse que la cosa, y en este caso la obra, perece para su dueño, pero el dueño de la obra no puede oponerse al impago de sueldos y salarios, pero aún debe pagar la mano de obra para la construcción o construcción. del edificio. , porque la obra ya no existe -o porque se le suministró materiales inferiores y la obra murió, o porque la obra no pudo obtenerse por culpa de un tercero-, en fin, decenas de casos; esto no justifica en modo alguno ante la ley que el dueño de la obra haya decidido no pagar los salarios, porque compró o proporcionó los materiales, por lo que los trabajadores deben ser considerados remunerados. Sería un falso silogismo.
Es como «mezclar repollo con repollo». Además compensación por los servicios personales del abogadono es un precio, sino que es un honorario, y por eso se llama honorarios, porque no es un sueldo o jornal que el cliente asigna al abogado, y éste no va en contra del cliente. ninguna posición subordinada. A continuación, el silogismo antes mencionado es falso en cuanto que el empleador ignora el pago de salarios a los trabajadores y afirma erróneamente que porque proporcionó los materiales de construcción y por lo tanto ha cubierto los costos involucrados; entonces los trabajadores deberían considerarse remunerados. Imagínese tal esclavitud. Así, mutatis mutandis, independientemente del caso o juicio y excluido de los resultados, de la misma manera el cliente o clienta debe aportar el abogado desde el inicio y según el origen de las costas, porque la entrega de las sumas es de su responsabilidad. . Tienes que afrontarlos y de la misma manera tienes que pagar tus honorarios profesionales porque son números diferentes y diferentes. Pagar gastos o proporcionar fondos para gastos es una cosa y los honorarios profesionales son otra. Es un gran atropello querer mostrar la presencia de un abogado, sin pagar sus honorarios y ni siquiera cubrir sus gastos. Es el colmo del cinismo que la mayoría de los clientes quieren y realmente hacen para burlarse del abogado y hacer que parezca que trabaja gratis, sin siquiera pagar las costas judiciales y pretendiendo saber más para empeorar las cosas. en lugar de un abogado, porque se trata de clientes que hacen honor al nombre de «abogados secos».
¿Y costará esta litis? .- En cambio, como siempre dice un cliente: le di al abogado una determinada cantidad de dinero y no me solucionó. ¡Pues no! Son costas judiciales y aún no has pagado las tasas.. Debe garantizar al abogado que puede cubrir los gastos de viaje, comparecencia ante el tribunal o ante la organización donde desempeña sus funciones o actividades profesionales. Cito un caso entre docenas de enigmas que enfrentan los abogados en su práctica profesional. Consideremos esto como una hipótesis. Es así, y es un ejemplo conocido por todos los abogados. Debido al volumen de trabajo y al ajetreo de las actividades judiciales diarias, los expedientes se pierden accidentalmente o se guardan en archivos u otros lugares del tribunal, y al abogado nunca le falta un funcionario educado: «Doctor, el expediente», apareció, pero si me ofrece un pequeño almuerzo “Si lo hace, lo empezaré a buscar” y el abogado no tiene más remedio que proporcionarles el almuerzo o la bebida que piden sin anestesia, los gastos que supone la protección del cliente, que es. no respaldado por Bueno, esto es sólo una hipótesis venial, hay mucho tejido que cortar al respecto.
«Un abogado, bajo ninguna circunstancia, puede asegurar a su cliente que su caso tendrá éxito, al contrario, puede hacer predicciones que puedan afectar la resolución del caso y limitarse a imponer circunstancias inexistentes. expresar su opinión sobre el fondo del caso.
Artículo 32 del Código de Conducta Profesional del Abogado Venezolano.
Dr. Crisanto Gregorio León
[email protected]
– Infórmate Venezuela –