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Efecto del régimen de exención Impuesto al valor agregado (IVA) y los derechos de importación de los productos elegibles para estos incentivos fueron prorrogados por el Gobierno Nacional hasta el 31 de diciembre de 2024, según disposición publicada en la Gaceta Oficial N° 6.784, de fecha 29 de diciembre de 2023.
Aunque los sindicatos del aparato productivo nacional, especialmente Conindustria, han denunciado la competencia desleal que estas importaciones traen al mercado. producción nacionalaunque se hicieron algunos ajustes, esta vez no se hicieron concesiones.
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Esta ampliación de la impunidad del gobierno fue publicada en la revista Gaceta N° 42.953 del 30 de agosto de 2024.
Esta regulación abarca más de 2.400 códigos tributarios y se aplica como un mecanismo para mantener niveles adecuados de oferta, especialmente de productos alimenticios, además de incentivar las compras externas de bienes esenciales para incrementar la producción interna.
Se aplica exención del 90% del Impuesto al Valor Agregado y del impuesto de importación. código fiscal especificado en el Anexo 1 del Decreto incluye 1.550 líneas de productos, básicamente importados por el sector privado.
De manera similar, el 100% de este impuesto está exento para las mercancías importadas enumeradas en los Apéndices 2, 3 y 4 del Decreto si se fabrican por unidades según el Decreto. Administración pública.
En el caso de los códigos incluidos en el Anexo 2, también quedan completamente exentas las importaciones de estos bienes realizadas «con recursos de personas físicas y jurídicas».
La norma requiere una presentación. Certificado de no producción nacional o producción nacional insuficientedebe ser emitido por el Ministerio competente relacionado con la producción nacional, junto con otros requisitos.
Este decreto que prorroga la exención del impuesto de importación entra en vigor a partir del 1 de septiembre y se espera que expire el 31 de diciembre, exactamente 90 días.
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