En el Diario Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, número 42.942 del 15 de agosto, se publica la resolución que establece la regulación del servicio “Exporta Fácil Postal”. La normativa indica que esta Resolución conjunta tiene como objetivo establecer los procedimientos para la exportación de productos provenientes de empresarios, micro, pequeños y medianos empresarios, actores de la economía popular, solidaria y artesanos del país, con el objetivo de obtener una simplicidad. Procedimiento seguro y rápido para la salida de mercancías por medios postales, de acuerdo con las normas nacionales e internacionales que lo regulan.
El Gobierno Nacional define “Exporta Fácil Postal” como un mecanismo de exportación por medios postales, a través de la plataforma operativa del Instituto Telegráfico Postal de Venezuela (Ipostel) u otro operador debidamente activado y autorizado para prestar este servicio, el cual se realizará a través del Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).
«Exporta Fácil Postal» tiene como objetivo facilitar las operaciones y logística de los envíos que contengan mercancías del exportador, a través del acceso al mercado internacional, para contribuir a la competitividad de los productos venezolanos en beneficio de la economía del país.
Esta actividad se realizará bajo las modalidades de transporte terrestre, transfronterizo, marítimo, aéreo y fluvial. Cabe señalar que el Viceministerio de Comercio Exterior y Promoción de Inversiones del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior y el Ipostel, adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Transporte, velarán por el cumplimiento de este instrumento por parte del operador. Postal y el objeto exportador de “Exporta Fácil Postal”.
Fuente: Boletín Oficial
VTV/JR/DS