La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aprobó 23 años y 5 meses de prisión para William Rafael Escalona Mendoza, acusado de violar a una mujer de 63 años.
La decisión de la Corte Suprema está contenida en la sentencia No. 312 escrita por la magistrada Carmen Marisela Castro y ratificada por sus colegas de sala, Elsa Gómez y Maikel Moreno.
Los hechos ocurrieron el 6 de julio de 2014, según los fiscales María Alejandra Mancebo, Enrique José Montenegro Archila, María Virginia Sira Almao y Yensi Rossana Pernalete Yépez, cuando solicitaron juicio contra Escalona Mendoza.
Ese día, Escalona Mendoza, fotógrafa, irrumpió junto a otra persona en la casa de Elizabeth Rodríguez Silva (63 años), ubicada en Barquisimeto (Lara), parroquia Juan de Villegas.
“Sentí unas molestias en la columna y en el nervio ciático, tomé una pastilla después de ducharme y acostarme. Detrás de mi casa hubo una reunión de una señora; Cuando desperté eran las 4 de la mañana, sentí como si me estuvieran estrangulando y golpeando. Pensé que era una pesadilla, porque el golpe fue tan fuerte que me desperté, abrí los ojos y vi a William sin camisa aprovechándose de mí. Grité y él me estranguló. Me golpeó un par de veces y me desmayé”, dijo la víctima, según se refleja en el veredicto del Juzgado Penal.
“Luego, alrededor de las 6, me desperté. Vi que no había televisión ni teléfono; No pude parar porque me golpearon muy fuerte; Me aferré a la pared y entré a la habitación y vi que la puerta estaba rota y el hierro corrugado abierto. Yo estaba desesperada por lo que había pasado, llamé a mi hija a una dependencia de la propiedad, le dije ‘hija, entraron y me golpearon’, relató la mujer.
Escalona Mendoza fue detenido en Valencia (Carabobo) el 11 de diciembre de 2015 y acusado de violencia sexual y robo agravado.
Al año siguiente, el 7 de septiembre de 2016, ordenaron juzgar al imputado, tras sentencia emitida por el Tribunal de Control, Audiencias y 3º de Recursos de la Agencia de Justicia Penal con competencia en Delitos de Violencia Contra las Mujeres de Estado. Lara, con sede en Barquisimeto, (Caso KP01-S-2014-003801), donde se llevó a cabo la audiencia preliminar.
El juicio se desarrolló del 13 de septiembre de 2019 al 24 de septiembre de 2019, fecha fijada por el Juzgado de Primera Instancia con competencia en Delitos Violentos Contra la Mujer del Estado Lara, con sede en Barquisimeto. Sentencia de 25 años y 5 meses. en la prisión.
Esa sentencia fue aprobada el 10 de agosto de 2023 por la Sala 33 de Accidente de la Corte de Apelaciones con competencia en delitos violentos contra mujeres en el Centro Occidente, entre ellas Milagros Pastora López Pereira, Orlando José Albujen Cordero y Raleymar Dayana Alvarado Yépez.
Al mes siguiente, la abogada María Antonieta Amaro Virgüez, defensora pública 2da, presentó un recurso de apelación contra la decisión de dicha Corte de Apelaciones, confirmando así el veredicto contra Escalona Mendoza.
Ese recurso fue remitido a la Sala Penal, donde los jueces encontraron “deficiencias técnicas” en la redacción del documento, que también consideraron “carece de fundamento”.
Por estos motivos, los jueces encontraron al imputado “insatisfecho con la decisión de primera instancia”, afirmación que no pretendía ser un recurso de apelación.
Los jueces dijeron que el imputado tenía otra intención subyacente cuando acudió al máximo tribunal del país, que era “solicitar al Tribunal (Criminal) que evalúe las circunstancias probatorias antes expuestas para establecer si sus alegaciones son ciertas o no, esto es no la verdad”. objeto del recurso de apelación”.