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Su preocupación porque el clima existe en Consejo Nacional Electoral (CNE) no es el más propicio para la celebración de elecciones decisivas para el futuro del pueblo venezolano, como las presidenciales del 28 de julio, afirmó que el CNE fue llamado a ser un árbitro independiente según el mandato constitucional.
Él espíritu de comprensión, imprescindible en el país, debe prevalecer en el órgano electoral cuyo fin último debe ser proteger la voluntad popular del pueblo, expresada a través del voto en ejercicio de su soberanía.
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La declaración del rector principal Juan Carlos Delpino plantea dudas sobre la independencia de Poder electoral tomar las decisiones y actividades que como persona jurídica le corresponde realizar.
Según el artículo 14 de Ley de organización del derecho de voto, El CNE requiere un mínimo de tres directores electorales para funcionar y sus decisiones deben tomarse con el voto afirmativo de al menos tres miembros, excepto cuando la Ley exige cuatro votos.
Es imposible que el Presidente del CNE tome decisiones unilaterales; Por el contrario, debe convocarse sesión ordinaria e inusualmente, dirigir estos debates de acuerdo con la normativa respectiva. El voto del presidente es tan valioso como el de cualquier otro rector, cuyo objetivo es apoyar la diversidad y la igualdad de condiciones entre los miembros.
Asimismo, las decisiones adoptadas en estas sesiones deberán constar y publicarse en el Gaceta electoral.
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