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Aunque el presidente de Congreso Jorge RodríguPérez anunció que la reforma a la ley electoral estará lista para el 15 de diciembre, el proceso aún no termina.
El 12 de diciembre se llevó a cabo la última sesión ordinaria del parlamento, durante la cual Rodríguez hizo un balance legislativo del 2024 sin mencionar la ley en materia electoral. Habló de las 17 leyes aprobadas este año, con lo que el total asciende a 90 leyes en el período 2021-2024.
El tema de la reforma electoral se discutió públicamente hasta mediados de noviembre, específicamente del 9 al 12, cuando se realizaron las consultas finales en las regiones, especialmente en los estados. Cojedes, Portuguesa, Barinas, Yaracuy, Apure, Amazonas, Delta Amacuro, Trujillo y Mérida.
Luis Eduardo Martínez, delegado de la Asamblea Nacional en 2020 y ex candidato presidencial, encabeza el comité especial responsable de reformar las leyes electorales. En ese momento, el parlamentario señaló que la consulta se realizó para escuchar sugerencias, opiniones y planteamientos relacionados con la ley y los cambios propuestos. Precisó que se convocó a distritos regionales, gobernadores, alcaldes, diputados regionales y concejales.
¿Carrera contra el tiempo?
En cuanto a la reforma de la ley electoral, los expertos en la materia señalan que estas reformas tienen cierta urgencia, de hecho se ha hablado de una «carrera contra el tiempo».
Por ejemplo, el experto electoral y diputado Aníbal Sánchez (El Cambio) observó una “prisa” en el trabajo parlamentario para reformar o redactar nuevas regulaciones.
«La prisa por tramitar los cambios antes del 15 de diciembre se debe a que por ley no es posible introducir modificaciones seis meses antes de las elecciones (las elecciones regionales y parlamentarias están previstas para 2025)».
Sánchez advirtió que esta urgencia podría obstaculizar la capacidad del país de tener un marco electoral en el que no prevalezcan los intereses ni se apoyen las agendas políticas. “Esto lleva tiempo. Existe el riesgo de que lo que se logre en las primeras etapas no sea lo que se desea”.
Lo que vale la pena mencionar es el artículo. 298 de la Constitución Nacional establece lo siguiente: La ley establece que los procesos electorales no podrán modificarse en forma alguna entre la fecha de la elección y los seis meses inmediatamente anteriores a ella.
En este sentido, el exasesor jurídico de Céliz Poder Electoral Mendoza enfatizó que “el artículo 298 de la Constitución es muy claro, seis meses antes del proceso electoral no se puede reformar la ley, por lo que si se reforma en diciembre y se promulga por el Ejecutivo y se publica en la convocatoria, se debe contar seis meses después”. la llamada. No puede haber elecciones en el primer semestre de 2025 porque sería contrario a las disposiciones constitucionales, lo que es una clara prohibición contra la norma”.
Por su parte, Griselda Colina, exdirectora suplente de CNEDijo en su momento que “lo que estamos viendo es un proceso apresurado, que avanza precariamente y parece incluir una serie de medidas punitivas, en lugar de promover la participación y el ejercicio del derecho al voto de los venezolanos, empujándolos aún más”. eliminar el derecho a elegir, y eso no incluye a los actores de la sociedad civil que llevan años haciendo propuestas sobre representación proporcional, registro electoral en el extranjero, entre otras áreas.
La verdad es que, aunque el tema de la ley electoral fue fuertemente promovido de agosto a noviembre, después de la consulta final en los estados, no hubo más discusión sobre el tema. Tendremos que esperar.
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