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el Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró que no podía acoger el recurso de amparo del abogado Alejandra Díaz Marín contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), luego de que el organismo no anunciara los resultados detallados de las elecciones presidenciales celebradas el 28 de julio.
En un veredicto que sorprendió a la opinión pública, Juez TSJ Afirman que acción legal fue motivada por Díaz Marín Que «imprudente»por lo que decidieron suspender a la abogada por su actuación durante el proceso.
La declaración de Díaz Marín se centra en falta de transparencia en la difusión de los resultados finales, ya que el CNE publicó un segundo boletín electoral cinco días después de las elecciones, en el que Destaca la victoria de Nicolás Maduro con 6.408.844 votos (51,95%), frente a su contrincante Edmundo González, que obtuvo 5.326.104 votos (43,18%).
Sin embargo, la oposición dijo Más del 83,50% de las actas fueron revisadas minuciosamenteque se dice que está en su poder, mostraría un resultado completamente diferente. Según la oposición, el abanderado Edmundo González recibirá 7.303.480 votos, esto le garantizaría la victoria sobre Nicolás Maduro, que obtuvo sólo 3.316.142 votos.
A lo largo de los días posteriores a las elecciones, varias ciudades de Venezuela fueron escenario de protestas contra lo que consideraron «fraude electoral». Activistas de derechos humanos condenaron la ola de represión y detenciones arbitrarias Al menos 25 personas murieron registrados durante los días de protestas, según datos de ONG.
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En medio del conflicto, un esfuerzo diplomático regional liderado por Brasil, Colombia y México, con el apoyo de la Unión Europea y Estados Unidos, intentó mediar entre el gobierno de Maduro y la oposición liderada por el liderazgo de María Corina, con el objetivo de lograrlo. una solución negociada a la crisis política del país.
A pesar de las crecientes quejas y tensiones en las calles, la Corte Suprema de Justicia aprobó el 24 de agosto, 24 días después de las elecciones, que los resultados anunciados por el CNE se ajustaban al documento utilizado en el proceso electoral del 28 de julio, y por lo tanto, no hay pruebas suficientes para cuestionar su legitimidad.
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