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La campaña electoral se enfrenta elecciones presidenciales se llevará a cabo el próximo 28 de julio, a partir de este jueves 4. Con la emoción que genera este espacio para que la ciudadanía estudie las propuestas de los candidatos y sus motivos de voto, a partir de ahí. talcual Te explicamos legalmente Qué pueden y no pueden hacer los candidatos durante este tiempo.
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Capítulo VII de Ley orgánica sobre derecho de voto y participación La política establece aspectos relacionados con las campañas, las finanzas y la propaganda electoral, reglas y límites.
Para que existan condiciones justas y competitivas, los candidatos deben cumplir con una serie de restricciones durante las campañas electorales.
Si bien este reglamento establece que la campaña para las elecciones presidenciales puede iniciar con cuatro meses de anticipación, en esta ocasión los candidatos a cargos Ejecutivos sólo tendrán 21 días (hasta el 25 de julio) para organizar eventos públicos en busca de ganar votos, según un cronograma publicado por Consejo Nacional Electoral (CNE); Sin embargo, todos los candidatos siguen participando en giras de precampaña por varios estados del país.
El reglamento dice que desde el inicio de la campaña, partidos y candidatos tendrán libre acceso a los medios para publicidad, al mismo tiempo, al mismo tiempo, y estos espacios se sortearán mensualmente.
Del mismo modo, ley electoral Aclara que no se considera campaña electoral o propagandística la participación de candidatos y dirigentes de organizaciones políticas en programas regulares o espacios de opinión en radio, televisión u otros medios.
También se permite el uso de altavoces desde vehículos que circulan por vías o caminos sólo los viernes, sábados y domingos, entre las 10 y las 20 horas «También se prohíbe el volumen afectando la tranquilidad de las personas.
«Las organizaciones políticas y los candidatos no podrán aceptar contribuciones anónimas», establece el reglamento, subrayando que está prohibido utilizar fondos públicos para apoyar una tendencia.
Entre las prohibiciones planteadas por partidos y candidatos se encuentran la propaganda anónima, alentar la abstención y promover la desobediencia a la ley; así como el uso de símbolos patrios, imágenes del Libertador Simón Bolívar y otros próceres de la Independencia; Utilice los colores de banderas nacionales y estandartes regionales, incluso en cualquier orden de color que pueda causar similitud. También está prohibido el uso de niños y adolescentes en eventos de campaña.
La ley también prohíbe colocar carteles, dibujos y otras formas similares de propaganda en edificios o monumentos públicos, templos, árboles en bulevares y parques. Si se implementan, la agencia pública de mantenimiento podrá eliminarlos después de obtener el permiso de la autoridad competente. CN.
También está prohibida (artículo 207) la propaganda política mediante el uso de pintura aplicada directamente en las paredes de casas particulares, así como de edificios públicos, puentes, hospitales, clínicas, templos, plazas y postes eléctricos.
A quienes utilicen pintura para difundir propaganda en las paredes de casas y otras estructuras se les confiscarán sus documentos y serán arrestados durante 72 horas, a menos que reparen las fachadas dañadas y restablezcan lo afectado.
Asimismo, la normativa vigente establece sanciones contra quienes utilicen recursos públicos para financiar campañas electorales y así está previsto en Ley anticorrupción y precisa: «Los servidores públicos que se aprovechen de sus cargos, se aprovechen de sus cargos para apoyar o perjudicar a un candidato, grupo, partido o movimiento político en elecciones, serán multados o multados con prisión de un (1) año a tres (. 3). año”, según el artículo 75 de dicho reglamento.
El cumplimiento de estas normas garantizará que en las elecciones presidenciales se respeten los estándares internacionales de transparencia, equilibrio e igualdad.
Llegó la normativa CNE 2024
Con el fin del periodo antes de la campaña electoral Se espera que el Consejo Nacional Electoral introduzca normas para gestionar la propaganda y la presencia de opciones políticas en los medios venezolanos durante la campaña electoral oficial del 4 de abril al 25 de julio. Este documento fue revelado directamente a los periodistas por el CNE la noche del jueves 7 de julio. 3, menos de ocho horas antes del inicio de la campaña electoral, pero no fue publicado en el sitio web ni a través de ningún canal de difusión oficial.
La Gaceta Oficial 1061 establece 19 artículos sobre “propaganda electoral no autorizada”, definida como:
- Ocurrió fuera del período de campaña electoral establecido por el Consejo Nacional Electoral.
- Atentar contra el honor, la vida privada, la intimidad, la imagen, los secretos y la reputación de las personas.
- Perseguir la creación de condiciones contrarias a promover y garantizar el reconocimiento de la diversidad, la tolerancia y el respeto mutuo.
- Promover todas las formas de violencia política, odio e intolerancia, que sean lesivas a los valores actuales de los derechos humanos, el desarrollo social, la preservación de la paz, el orden público y la defensa de la Patria.
- Fomentar la guerra, la discriminación o la intolerancia.
- Promover la desobediencia a la ley.
- Omitir datos que permitan la identificación de promotores de propaganda electoral y el Registro de Información Financiera (RIF).
- Contratados o realizados por personas naturales o jurídicas distintas a las autorizadas por el solicitante.
- Impedir el ejercicio del derecho de voto.
- Contiene expresiones obscenas y calumniosas contra órganos y entidades del Poder Público, instituciones y servidores públicos o públicos.
- Utilice imágenes, sonidos o presencia de niñas, niños o adolescentes.
- Utilizar símbolos nacionales o regionales de la Patria o imágenes de Héroes de la República Bolivariana de Venezuela.
- Utilizar la imagen, nombre o apellido de cualquier ciudadano, así como los colores y símbolos que identifiquen a una organización con fines políticos, grupos de ciudadanos sin su permiso.
- Las normas sobre violencia están establecidas en la ley de protección animal.
- Financiados con fuentes de capital público distintas a las especificadas en este reglamento.
- Financiado con capital de origen extranjero.
- Financiado con fondos privados no declarados al Consejo Nacional Electoral y a la Administración Nacional Integrada de Impuestos y Aduanas (Seniat).
- Atacar la salud mental de las personas.
- Fomentar estereotipos de género o cualquier otra forma de discriminación.
En el artículo 13 del documento, el CNE considera las redes sociales como un espacio de campaña electoral. Este es el único punto de la resolución que menciona la desinformación. En este sentido, dijo que junto con Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) “realizará monitoreo y observación periódica del desempeño de las redes sociales durante el proceso electoral, con el fin de eliminar el fenómeno de información falsa o incumplimiento de las normas electorales”.
Aunque no los regula directamente, demuestra que CNE tomará «decisiones durante la campaña electoral» por las que Conatel puede imponer sanciones.
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