La tragedia dejó de luto la casa de Carreño.
El martes 9 de enero, hacia el mediodía, bajo el sol, en esta zona calcinada,Francisco Torres es un joven que circula en motocicleta sobre la calle 4 y avenida Rotaria en el Sector de la UrbanizaciónSegún la versión, la «fuerte voz» que emanaba de la comisión policial instalada en el lugar, integrada por cuatro funcionarios: Vilma Quero, Kelvin Leal, Miguel Mendoza y Alice Pina, fue ignorada.
Uno o dos de los agentes antes mencionados dispararon contra el indefenso conductor sin pensar en las consecuencias de sus actos., recibió dos impactos balísticos con orificios de entrada en la parte posterior del cráneo. Las balas disparadas a corta distancia de la víctima son inconfundibles clara intención de quitarse la vida.
La víctima es un estudiante y trabajador de 17 años, cuya vida es producto de un acto sin sentido, un acto desalmado por parte de la fuerza policial.en el que no sólo es responsable el tirador o tirador, sino también la cúpula policial.
Es costumbre trasladar toda la responsabilidad de este tipo de conductas a los autores materiales, a un funcionario subalterno, si los jefes o directores que integran la cúpula policial también son responsables de sus consecuencias. Esto es lo que se conoce en criminología. proceso policial: convierten a los «héroes» en chivos expiatorios de las consecuencias criminales de las acciones de sus subordinados mal entrenados, a quienes a menudo se les ordena disparar primero y luego descubrirlo, lo que los hace valientes. «disparadores felices» provocando tragedias como la que se menciona hoy. De ahí que la acción criminal debe centrarse no sólo en la policía, sino también en sus comandantes quienes son responsables de estas acciones criminales.
El diputado Guillermo Palacios está tomando las medidas necesarias para que este asesinato no quede impune.Javier Oropeza, alcalde del municipio de Torres, quien acompañó a la familia del joven en el funeral, destacó la actitud de apoyo.
Los agentes de policía reciben armas de fuego para su protección personal debido a los peligros inherentes a su trabajo, pero sólo deben utilizarse para proteger la vida o la integridad física. El artículo 65 del Código Penal establece la causa de justificación, que excluye de responsabilidad penal a quien actuó en legítima defensa, pero por lo cual debería haber sido víctima de un ataque ilícito que justificara el uso de un arma reglamentaria. En este caso, esto no pudo haber sucedido porque la víctima recibió un disparo en la parte posterior del cráneo mientras se alejaba del lugar del tiroteo.
En el año 2000, existe una descabellada tesis que promueve los “gatillos felices”, sustentada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, con la presentación del juez Luis Alejandro Angulo Fontivero, por la cual el oficial policial fue absuelto. mal uso de su arma, dijo Angulo, porque «actuaba en cumplimiento de su deber» cuando la víctima no estaba en el vehículo, tal como lo hizo al matar a un policía. Conductores silenciosos.
Para evitar decisiones tan equivocadas En el artículo 281 del Código Penal.especifica que los agentes de policía no utilizarán las armas que portan «sino en defensa de la ley o del orden público»En este último caso, esa protección no podría reclamarse matando a civiles inocentes. Si una persona elude la actuación de la comisión policial, muchas veces un delincuente a través del «matraqueo», esto no justifica quitarle la vida, sino acercarse a él e intentar detenerlo.
No cabe duda de que la víctima intentó evadir la comisión policial y nos preguntamos por qué lo hizo. La semana pasada dedicamos nuestro artículo a la extorsión generalizada en los puestos de control policial y en los «puestos de control y seguridad». Entonces, ¿por qué un joven estudiante y un trabajador se comportarían de esta manera? La única respuesta que se le ocurre es que sus documentos personales (licencia, certificado sanitario) o de la motocicleta (certificado de propiedad, pago trimestral u otros impuestos) no estaban en regla, y lo peor de todo es que no llevaba dinero en efectivo. Quería exigirle que no le confiscara su vehículo y su motocicleta. Ante tal amenaza de las «fuerzas de seguridad civiles», decidió ignorar la «llamada de alto» y arriesgarse, sin pensar en el absurdo desenlace que le costaría la vida.
En nuestro artículo de la semana pasada. Solicitamos al gobernador de Yaracuy tomar medidas para prevenir el delito de conmoción cerebral o extorsión por parte de comisiones policiales en la Carretera Centro Occidental, Hoy le pedimos al gobernador Pereira y al gobierno nacional que tomen medidas efectivas contra la pandemia de corrupción que en ocasiones deriva en los trágicos hechos que le costaron la vida a un joven carreño.
Jorge Rosel y Jorge Euclides Ramírez