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para el doctor José Gregorio Zaáprofesor universitario y alguien que ha estado involucrado en procesos electorales por más de treinta años, el llamado que hizo Jorge RodríguezQue el Presidente de la Asamblea Nacional permita que las organizaciones políticas participen en la reforma de la ley electoral antes del 15 de diciembre de este año no es más que un truco del partido gobernante.
Luego de definir en una sola palabra el propósito del oficialismo, los juristas, en declaraciones enviadas a impulsobasó su opinión en la seriedad. consideraciones fuertes y afirmativas sobre la elección del partido gobernante, como las de haber aprobado leyes que en su momento ayudaron al gobierno pero que hoy lo molestan. De la misma manera, doctor Va a recordando la reforma de la Constitución por parte del máximo tribunal de la república, hecho gravísimo porque no podría haberse llevado a cabo sin consulta nacional previa para aumentar el número de diputados a la Asamblea Nacional, 167 a 277; Es decir, un aumento 66 por cientodurante el periodo 2021-2026.
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Francamente, el Dr. Zaá hizo su declaración de esta manera:
Sin resolver, desde el punto de vista jurídico e institucional, los resultados de las elecciones presidenciales del 29-J, intentar pasar página de esta manera es una trampa. En primer lugar, se debe reafirmar el poder del sufragio mediante Consejo Nacional Electoral y completar las tareas asignadas por ambos Ley de Organización del Poder Electoral (LOPE) como Ley Orgánica del Proceso Electoral (LOPRE), y el mandato constitucional implica el ejercicio del poder público como Poder electoral. Ese es un lado.
La estructura o diseño de reglas de naturaleza electoral, entonces, ya sean sustantivas o adjetivas, es producto de directivas previas del Congreso e influencias sobre el gobierno. Y también la ratificación de la Ley de organización del derecho de voto y Ley orgánica del proceso electoralEn ese momento, tuvieron un efecto enorme en los intereses del gobierno en el poder.
Por eso, como ya les incomoda el cumplimiento de estas normas en materia electoral, ahora apelan a la mayoría de las circunstancias que tienen y en lugar de aclarar y resolver el 28-J, nuevamente intentaron distraer, como una especie de borrachera. en cuestiones electorales, anunciando incluso una revisión de las normas; pero, recordemos que estamos hablando de la norma fundamental en cuanto al Poder Electoral, es decir la LOPE, y el Proceso Electoral, que por cierto, la Corte Suprema de Justicia, ya sea en la Sala Constitucional o en el Departamento Electoral, ha cambiado, modificó y abolió una serie de normas sobre cuestiones electorales.
Y recordemos la sentencia sobre la fusión de la junta directiva existente y el número de diputados que integran el legislativo nacional, cuando se produzca el evento de su renovación, en 2020TSJ desestimó los artículos 14 y 15 de la LOPREasí como la constitución 186, muy en serio, que regula el número de representantes en el organismo. Hubo una revisión de la Sala Constitucional y comenzó una especie de caos en lo institucional relativo al Poder Electoral y las normas que rigen ese Poder.
Es verdad, dijo el médico. Va aque las leyes electorales deben revisarse, pero sólo mediante un amplio consenso; no participe en la carrera para predecir con precisión el evento de 10 de enero¿Dónde está el meollo del problema? El 10 de enero es el día en que debe realizarse la ceremonia de juramentación y toma de posesión del nuevo Presidente de la República.
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